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Rigen las modificaciones para adquirir la licencia nacional de conducir

Ciudad Portuaria 04/08/2026

La Dirección Provincial de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito recuerda que, en virtud del Convenio Específico de Delegación de Facultades suscripto entre la Provincia de Buenos Aires y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 3153/25, a partir del día de la fecha se encuentran vigentes modificaciones en el procedimiento de otorgamiento de licencias profesionales correspondientes a las clases C, D y E con carácter interjurisdiccional.

El cambio principal introducido por el convenio consiste en la distinción entre licencias profesionales de carácter jurisdiccional e interjurisdiccional, y su correspondiente tratamiento en caso de ser interjurisdiccional.

Las licencias profesionales jurisdiccionales son aquellas que habilitan únicamente para realizar transporte dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires. En estos casos:

  • La evaluación psicofísica, teórica y práctica se realiza en el propio CEL, conforme al procedimiento habitual.
  • En la licencia emitida deberá constar la leyenda “JURISDICCIONAL” en el reverso de la licencia junto con la descripción de la clase profesional correspondiente.
  • Las licencias profesionales interjurisdiccionales son aquellas que habilitan para transporte de cargas o pasajeros entre distintas jurisdicciones del país.

En estos casos, el solicitante deberá:

  • Realizar evaluación psicofísica ante un prestador externo habilitado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
  • Realizar capacitación y/o evaluación teórica-práctica, según el tipo de trámite, ante otro prestador externo registrado ante la ANSV. Una vez aprobadas dichas instancias, el trámite podrá completarse en el CEL para la emisión de la licencia correspondiente.
  • Clases que pueden ser jurisdiccionales o interjurisdiccionales Solamente las siguientes subclases profesionales podrán tramitarse bajo cualquiera de las dos modalidades, según la necesidad del ciudadano.

Cabe aclarar que el presente convenio no modifica el funcionamiento general del sistema de licencias vigente en la Provincia, manteniéndose los siguientes aspectos:

  • Se mantienen las vigencias actuales de las licencias, conforme a la edad del conductor y a las clases profesionales establecidas por la normativa provincial.
  • El inicio y finalización del trámite continúan siendo presenciales en el Centro de Emisión de Licencias.
  • La aprobación del trámite continúa siendo responsabilidad del funcionario autorizante del Centro de emisión.
  • Se mantiene la emisión de las boletas CENAT y CEPAT como parte del procedimiento habitual, de la misma manera que el cobro de las tasas municipales.
  • La Licencia Nacional de Conducir impresa continúa siendo el único documento válido para circular, siendo la licencia digital únicamente complementaria.

En tanto en los casos de incorporación de clases profesionales interjurisdiccionales en la licencia, el conductor deberá concurrir a prestadores externos habilitados:

  • Prestador psicofísico: realiza la evaluación completa.
  • Prestador de capacitación: realiza capacitación obligatoria diferenciada según el tipo de clase que adquiera, con la respectiva evaluación teóricopráctica.
  • Prestadores externos habilitados los prestadores que podrán intervenir en estos trámites para clases profesionales interjurisdiccionales serán exclusivamente aquellos registrados por la ANSV con domicilio en la Provincia de Buenos Aires.

La ANSV mantendrá un registro actualizado de prestadores habilitados, cuya información estará disponible en el sistema de licencias para consulta por parte de los operadores.

Ante cualquier otra duda o consulta respecto a la implementación de estos cambios en el Sistema o problemas que puedan surgir con la validación por parte de los prestadores, podrán comunicarse con el Departamento de Licencias al correo electrónico dptolicencias@transporte.gba.gob.ar.











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